lunes, 30 de enero de 2023

ANÁLISIS NEGOCIACIÓ DE CONVENIO

 

NEGOCIACIÓN DE CONVENIO

 

Históricamente en TRI (TRGA EN LA ACTUALIDAD) se han firmado buenos convenios en los cuales UGT ha sido parte activa en la negociación de los mismos. Todo esto ha propiciado que tuviésemos una buena base de partida para la negociación de este convenio que estamos negociando en la actualidad.

En este convenio mejoramos considerablemente la conciliación familiar, a la par que garantizamos el poder adquisitivo.

A continuación os resumimos las mejoras sociales que tenemos encima de la mesa con las propuestas actuales:

-          Por supuesto, una garantía de mantener nuestro poder adquisitivo.

-          Activación del Contrato Relevo. 48 compañeros eventuales verán como en el transcurso de este convenio irán entrando como indefinidos en la empresa, aunque no se aplique el Contrato Relevo. 5 de la bolsa del 2010 han entrado ya, 17 entrarán a la firma del convenio y el colectivo íntegro del 2014 (26 eventuales) durante la vigencia del Convenio.

Sin olvidar que 29 compañeros que llevan una larga trayectoria laboral en TR se jubilarían gracias a este Contrato Relevo.

-          La importancia que tiene también garantizar un número mínimo de días de libre disposición para todas las personas trabajadoras. 3 y 5 días en los sistemas y letras que lo permitan. Hasta ahora había calendarios que no disponían de ningún día de libre disposición.

-          Poder disfrutar de los días de libre disposición 2 personas por sección en lugar de por departamento.

-          Flexibilidad de una hora por delante y una hora por detrás en la entrada y la salida al personal de día.

-          También para el personal al día, podrán disfrutar de la flexibilidad de 1 hora para comer  en la franja de 13:00 a 15:00.

-          Acceso al horario de Bilbao al personal de día pudiendo disfrutar de los viernes por la tarde libre.

-          Se elimina el examen para los especialistas del grupo 10 para abajo para la adjudicación de grupo por el artículo 35, cuando han estado desplazados a un puesto superior a su grupo durante 12 meses en un periodo de 3 años.

-          Horas para acompañamiento de hijas/hijos menores y familiares dependientes de hasta 2º grado de consanguinidad.

-          Excedencias por periodos de entre 1 mes hasta 1 año.

-          Días no retribuidos.

-          Reconocimiento de las parejas convivientes.

-          Reducción de jornada por jornadas completas.

    

La DTRGA para poder facilitar todo esto nos propone tener una movilidad que  YA tenemos en convenio, añadiendo “únicamente podrá permanecer desplazado hasta que otro trabajador se forme en ese puesto o bien la organización del departamento lo permita, no pudiendo en ningún caso superar los 4 meses” (ahora lo pueden hacer 15 días y 18 meses en los puestos con requisitos de END).

 Aclarar que solo se podría desplazar a alguien que tenga la formación necesaria del puesto a cubrir y los  motivos únicamente serían ausencias por licencias retribuidas, vacaciones, excedencias o Incapacidades temporales, no como hasta ahora que la movilidad puede ser por cualquier motivo.

 Por otro lado aceptamos de la empresa algo que nos parece positivo de cara a nuestra salud:

“La persona trabajadora que se encuentre en situación de baja por enfermedad común y se niegue a aceptar el adelanto facilitado por la empresa de las pruebas diagnósticas requeridas por el servicio público de salud con el objetivo de agilizar su recuperación, no percibirá ningún tipo de mejora económica presente en este artículo.”

Esto quiere decir que si el médico de cabecera o cualquier especialista de Osakidetza solicita una prueba médica, por ejemplo una resonancia y te dan cita para dentro de 6 meses, lo que se está pidiendo es, que si el servicio médico de la empresa te puede adelantar esa cita, entendemos que es bueno para la persona que está de baja. Evidentemente si el médico de la empresa no sabe que te tienen que hacer una prueba, no te la van adelantar.

El convenio ya recoge en el artículo 16.2 mayor agilidad en los tratamientos y un contacto frecuente con el Servicio Médico de Empresa, además de tener que avisar el enfermo el primer día de baja, si su situación psico-somática se lo permite o un familiar o allegado llamará necesariamente al departamento de RRHH y comunicará la enfermedad contraída. También recoge que se acudirá a las visitas y consultas prefijadas por el servicio médico de empresa.

El problema que se intenta buscar en este apartado, es que la empresa se va a enterar de la enfermedad.

A este respecto comentar que los informes de esas pruebas se entregan al trabajador y en ningún caso a la empresa.

Nosotros no te vamos a decir lo que tienes que votar como hacen otros sindicatos. Te contamos lo que está recogido en la propuesta que tenemos encima de la mesa, sin ocultar nada, y solo esperamos que tú, seas capaz de tomar tu decisión. El circo que están montando algunos porque no tienen mayoría nos parece surrealista, recordamos que en  otras ocasiones,  esos mismos han impuesto sus decisiones sin tener en cuenta a la plantilla.

  

BIENVENIDOS AL CIRCO, QUE NO PARE LA FIESTA!!