Como bien sabéis, el martes pasado el CE entregó a la DTRGAmurrio una nueva propuesta para dar solución a los eventuales. Esta ha sido analizada por la Dirección y, después de recordarnos que la plantilla fija está sobredimensionada, nos hace entrega de su contrapropuesta que denominan como "definitiva". En ella nos propone 2 alternativas diferentes, las cuales detallamos a continuación.
OPCIÓN 1
Los trabajadores eventuales de producción que forman parte actualmente de la bolsa de contratación de eventuales y cuyo primer contrato en la planta de Amurrio se haya realizado en el año 2010, se incorporarán a la plantilla de TRGAmurrio con contrato indefinido a la firma del acuerdo del convenio.
Los trabajadores eventuales de producción que forman parte actualmente de la bolsa de contratación de eventuales y cuyo primer contrato en la planta de Amurrio se haya realizado en el año 2011 o en el año 2012, se incorporarán a la plantilla de TRGAmurrio antes del 31 de diciembre de 2023.
El artículo 9 de convenio se quedará con la redacción vigente actualmente.
OPCIÓN 2
Los trabajadores eventuales de producción que forman parte actualmente de la bolsa de contratación de eventuales y cuyo primer contrato en la planta de Amurrio se haya realizado en el año 2010, se incorporarán a la plantilla de TRGAmurrio con contrato indefinido a la firma del acuerdo del Bloque 1.
Los trabajadores eventuales de producción que forman parte actualmente de la bolsa de contratación de eventuales y cuyo primer contrato en la planta de Amurrio se haya realizado en el año 2011 o en el año 2012, se incorporarán a la plantilla de TRGAmurrio con contrato indefinido a la firma del acuerdo del convenio.
Se activará el Contrato Relevo en la vigencia del convenio, en las mismas condiciones que se jubilaron con esta modalidad en el 2021. El orden de entrada de los y las relevistas vendrá determinado por el primer contrato de TRG Amurrio.
Personal que se podría acoger al contrato relevo por edad y en función de
sus años cotizados.
CONVENIO 2022-2025 (CE) |
CONVENIO 2022-2026 (DTRGA) |
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13 |
18 |
Se eliminarán los párrafos 4,5,6,7,8 y 9 del artículo 9 del convenio que hacen referencia a los límites de realización de contratos eventuales por circunstancias de la producción.
Se pide un receso y durante el mismo, todas las secciones sindicales manifestamos la necesidad de estudiar más al detalle ambas opciones y nos comprometemos a dar una respuesta a la DTRGA tras la decisión que se tome en la reunión del CE del próximo martes.