Por desgracia, de nuevo la Dirección de
TRI nos ha presentado un Expediente de Regulación de Empleo (ERTE). En esta
ocasión, la duración propuesta es de 16 meses y del 50% de la jornada. Otra vez
nos va a tocar a los trabajadores sufrir las consecuencias de la precaria
situación en la que, los grandes accionistas, dejaron a la empresa hace 10
años, cuando amortizaron las acciones.
La
sección sindical de UGT, ha vuelto a pedir a la Dirección que los accionistas
hagan una ampliación de capital, que permita a TRI afrontar con solvencia las
dificultades que atraviesa, como consecuencia de varios años seguidos de
pérdidas.
Ahora, nos toca de nuevo decidir la
fórmula con la que defender los intereses de los trabajadores, de la forma más
eficaz posible, teniendo en cuenta que el ERTE se va a aplicar, sí o sí, porque
la ley no obliga a la empresa a solicitarlo a ninguna autoridad laboral. Lo
aplicarán, y para oponernos a él la única vía posible es presentar una demanda
en el juzgado.
Pero, a la hora de tomar decisiones, no deberíamos ignorar la experiencia que tenemos del ERTE anterior. En aquella ocasión, algunas centrales sindicales habíamos propuesto mejoras en las condiciones del ERTE y habíamos pedido que, como condición para llegar a un acuerdo, en el Acta de Finalización de Consultas, se recogiese nuestra opinión de que, entre las causas que habían llevado a la Empresa a la situación en la que se encontraba, habían influido los errores de la Dirección en la gestión de la Empresa (Y la empresa lo había aceptado, como puede verse en el borrador que se redactó). Pero, los sindicatos que tenían mayoría en la Comisión negociadora, optaron por no llegar a ningún acuerdo y llevar el tema a los tribunales.
Pero, a la hora de tomar decisiones, no deberíamos ignorar la experiencia que tenemos del ERTE anterior. En aquella ocasión, algunas centrales sindicales habíamos propuesto mejoras en las condiciones del ERTE y habíamos pedido que, como condición para llegar a un acuerdo, en el Acta de Finalización de Consultas, se recogiese nuestra opinión de que, entre las causas que habían llevado a la Empresa a la situación en la que se encontraba, habían influido los errores de la Dirección en la gestión de la Empresa (Y la empresa lo había aceptado, como puede verse en el borrador que se redactó). Pero, los sindicatos que tenían mayoría en la Comisión negociadora, optaron por no llegar a ningún acuerdo y llevar el tema a los tribunales.
Se presentó la demanda y los jueces dieron
por bueno todo lo que había hecho la Dirección y dieron por válidos todos los
argumentos que ellos habían alegado. Se recurrió la sentencia, pero también el
Tribunal Superior de Justicia avaló los argumentos y las decisiones tomadas por
la Dirección. Y en ningún sitio aparecieron reflejados los errores de gestión
que nosotros hubiésemos podido reflejar en el Acta Final, si hubiese habido un
acuerdo. Esto supone que la empresa, con una sentencia firme que le
ha dado la razón en todo, está ahora en una posición más fuerte que nosotros.
Además, perdimos la ocasión de mejorar las
condiciones en las que íbamos al desempleo. Y también renunciamos a otra de las cosas que la empresa estaba dispuesta a admitir,
y es que se comprometía a no llevar a
cabo un ERE de extinción de contratos por las mismas causas.
Es evidente que las causas justificativas
de un ERTE no avalan ni justifican un ERE posterior.
Tengamos en cuenta todas estas cosas a la
hora de tomar nuestras decisiones.