miércoles, 16 de marzo de 2016

ERTE


La dirección de la empresa a través del secretario del Comité de Empresa, en el día de ayer, nos hizo entrega de un comunicado en el cual, en base al artículo 47 ,apartados 1º y 2º, del Texto Refundido del estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, nos comunican la intención de iniciar un procedimiento de suspensión de contratos de trabajo en Amurrio.
 
En estos momentos tenemos un plazo máximo de siete días para constituir la comisión negociadora, antes de dar por iniciado el periodo de consultas. 

Esta medida nos ha sorprendido enormemente, ya que hace tan solo dos semanas, en una reunión con dirección, se nos dijo que, salvo que la situación de entrada de pedidos continuara siendo baja durante el primer semestre del año,  no se contemplaba la necesidad de aplicar un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE).  

En estos momentos desconocemos en qué  términos van a plantear dicho expediente, en cuanto a la duración, porcentaje, condiciones, etc.,  ya que, hasta que no esté constituida la Comisión Negociadora, no nos darán la información.