lunes, 31 de enero de 2022

REUNIÓN DE CONVENIO Nº 14

 En reunión extraordinaria hoy lunes 31.01.2022, la DTRG nos ha presentado una propuesta nueva que argumentan va en línea de lo que presentaron  a l@s compañer@s de PT el pasado viernes.

Como veréis, acortan el calendario de abono de los atrasos correspondientes al periodo 2017-2020. Desvinculan los pagos del resultados positivos al EBITDA y aplican el IPC de la CAPV, que supone un 0,2% mas que el estatal,  pero insisten en no entrar ni siquiera a debatir el IPC del 2021. Únicamente se comprometen a iniciar la negociación del IPC 2021 en el marco de la negociación de convenio 2021 - 2026, así como a considerar como adelanto de lo que se negocie del IPC del 2021 los 500 Euros adelantados en la nómina de diciembre.


La propuesta ha sido rechazada por la unanimidad del CE argumentando que hay que meter en el paquete la negociación del IPC del 2021, año ya ultractivo.

Mañana se reúne el CE y entendemos que de la reunión saldrá alguna novedad para presentar a la DTRG el jueves.


"PROPUESTA DE ACUERDO PARA CERRAR LA NEGOCIACION DE ATRASOS DEL PERIODO 2017 A 2020

 

                    PAGO DE ATRASOS

Periodo 2017-2020: se aplicarán y consolidarán, año a año, en las tablas salariales vigentes en TRI y en las tablas del resto de conceptos retributivos una subida del 100% del IPC de la CAPV en los años de IPC positivo, en base al siguiente cuadro:

 

     AŃO 2017         

1,1%

     AÑO 2018     

       1%

     AÑO 2019   

1,2%

AÑO 2020   

         0%

 

Estos atrasos se abonarán en tres partes:

 

- Atrasos años 20l7 y 2018:en el mes de octubre del 2022.


              -         Atrasos años 2019: en el mes abril de 2023.

               -     Atrasos años 2020: en el mes junio de 2023.

 

Periodo 2021 en adelante: Se aplicará y consolidará en las tablas salariales del año 2021 y en las tablas del resto de conceptos retributivos, los incrementos consolidados en el periodo 2017-2020.

 

Los atrasos generados por este punto se abonarán en el momento de la firma del acuerdo.

 

Ambas partes se comprometen a iniciar la negociación del convenio 2021-2026 una vez se alcance un acuerdo en esta negociación de atrasos, y cuando ambas partes tengan preparadas sus correspondientes plataformas de negociación, y en base a ello el adelanto a cuenta de 500'E ya abonado en diciembre 2021, se computará a todos los efectos como adelanto a cuenta de la futura negociación del convenio 2021-2026, y no computará para el cálculo de los atrasos 2017-2020.